Desde la DGSFP, Dña. Noemí Tomás (Responsable del Área de Distribución en la Subdirección General de Autorizaciones, Conductas de Mercado y Distribución de la DGSFP), ante las dudas surgidas durante la semana pasada en referencia al requerimiento enviado a algunos Corredores de Seguros, indica que estas cartas tienen únicamente la finalidad de actualizar algunos datos de los que no disponen: en algunos casos la indicación de si se es o no mediador de seguros complementario, en otros si se gestionan fondos de clientes y en ese caso se dispone de cuenta corriente separada y en otros la remisión del código LEI (para aquellos operadores con pasaporte comunitario).
En cuanto a la vía de contestación, con carácter preferente, será a través del TEL176 de la sede electrónica (normalmente la contestación a los requerimientos de la DGSFP se realiza a través del TEL178, pero como en este caso, los escritos no llevan número de referencia no es posible presentar la contestación a través de dicho procedimiento). En caso de no poder realizar la presentación por esta vía se podrá remitir la contestación al siguiente correo electrónico: notificacionesmed@economia.gob.es
Desde FECOR ponemos a disposición de nuestros socios las plantillas descargables de tres declaraciones para afrontar el nuevo requerimiento de la DGSFP, que obliga al cumplimiento de las imposiciones comprendidas en el artículo 136.4 LDS.
Nuestros socios podrán encontrar en el apartado de descargas privadas los documentos y tendrán 10 días hábiles para ser cumplimentados.
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Nota: Os recordamos, pedir al banco (o descargarlo desde la plataforma online del Banco) el certificado de titularidad de la cuenta corriente.