Un estudio de ARAG sobre inquilinos menores de 30 años recoge las diferencias entre Comunidades Autónomas a la hora de bonificar el alquiler
Barcelona, 28 de abril de 2021. La mayoría de las comunidades autónomas ofrece distintas desgravaciones a inquilinos menores de 30 años, entre otros colectivos. Eso sí, las cuantías de estas deducciones varían considerablemente de unas a otras, así como los requisitos (situación familiar e ingresos) para conseguirlas.
El País Vasco es la comunidad que ofrece una mayor deducción por alquiler de vivienda habitual para este colectivo, en concreto del 20% de las cantidades satisfechas en el período impositivo anterior, con un límite de 1.600 euros anuales, según un estudio de la compañía especialista en Defensa Jurídica ARAG. Esta bonificación triplica la de Andalucía y quintuplica las que se pueden conseguir en Cataluña y Galicia. En segundo lugar, figura Navarra con 1.200 euros de tope, seguida de Madrid con 1.000. Entre las regiones menos favorables para los jóvenes que viven de alquiler se encuentran Cantabria, Cataluña, Extremadura, Galicia y La Rioja donde la deducción máxima es, en general, de 300 euros para una persona soltera menor de 30 años que presente la declaración de manera individual.
El estudio de la compañía plantea el caso hipotético de una persona soltera menor de 30 años que cuenta con unos ingresos brutos anuales de 19.000 euros y paga un alquiler por su vivienda de 700 euros mensuales, lo que equivale a 8.400 euros al año. La mayoría de las comunidades benefician a los inquilinos jóvenes a la hora de hacer su declaración de la Renta, igual que a otros colectivos como personas con discapacidad o mayores, siempre que tengan una determinada renta. El límite de edad de los más jóvenes para recibir bonificaciones se extiende hasta los 35 y 36 años.
No obstante, también hay algunas comunidades que no contemplan ninguna deducción a los inquilinos, como sucede en Aragón, Murcia, y en Ceuta y Melilla, según el caso hipotético que plantea ARAG. De hecho, en Aragón, la desgravación sólo es posible si se tiene un contrato de alquiler con opción de compra de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago. Finalmente, respecto a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla no tienen deducciones propias como en las Comunidades Autónomas. No obstante, como aclara la abogada de ARAG, Melisa Sáez, “pese a que no existe una deducción específica para los inquilinos, cuentan con una por rentas obtenidas allí”.
Requisitos por regiones
También hay diferencias en los requisitos de renta máxima anual para poder desgravarse en la Renta. Entre las que los aplican, Navarra es la menos exigente, al poner el límite en 30.000 euros al año o 60.000 en el caso de tributación conjunta con la pareja, seguida de la Comunidad Valenciana (30.000 y 50.000, respectivamente) y Madrid (25.620 y 36.200, respectivamente).