SEGUNDA NOTA INFORMATIVA SOBRE LAS INUNDACIONES EXTRAORDINARIAS PRODUCIDAS POR LA DANA DEL 26 AL 29 DE OCTUBRE DE 2024 EN VALENCIA, ALBACETE, CUENCA, MURCIA, BALEARES, CATALUÑA Y ANDALUCÍA Y LA GESTIÓN DE LAS INDEMNIZACIONES QUE CORRESPONDE ASUMIR AL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS (CCS) DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
En relación con la grave situación causada por la DANA que ha producido desde el 26 de octubre numerosos daños por inundación y por tempestad ciclónica atípica en amplias zonas del este y el sur peninsular y Baleares, muy en particular, las trágicas inundaciones en Valencia y Albacete del 29 de octubre, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) comunica que:
1. A las 8 horas del 5 de noviembre de 2024 el CCS ha recibido y registrado 72.125 solicitudes de indemnización.
Según tipos de riesgo, el desglose de solicitudes de indemnización recibidos es el siguiente:
- Viviendas y comunidades de propietarios: 21.405 solicitudes de indemnización.
- Vehículos automóviles: 44.203 solicitudes de indemnización.
- Comercios, almacenes y otros riesgos: 4.635 solicitudes de indemnización.
- Oficinas: 307 solicitudes de indemnización.
- Riesgos industriales: 1.563 solicitudes de indemnización.
- Obras civiles: 12 solicitudes de indemnización.
2. Se están tramitando más de 30.000 solicitudes, más del 40% del total recibidas.
3. El Consorcio de Compensación de Seguros ha movilizado a 495 peritos para tasar los daños, que están empezando a desplegarse por las zonas afectadas a medida que las restricciones de acceso derivadas de la gestión de esta situación de emergencia lo van permitiendo.
4. Se recuerda a todas las personas aseguradas afectadas que pueden solicitar la solicitud de indemnización a través de la página web del CCS (www.consorseguros.es) o del centro de atención telefónica, pero, de forma alternativa, es muy recomendable en estos momentos que la solicitud de indemnización al CCS se haga a través de sus agentes o corredores de seguros, o de sus propias aseguradoras en representación de las personas aseguradas que han sufrido los daños.
5. Son requisitos para poder acceder a la indemnización:
- Tener una póliza de seguro vigente y la prima pagada.
- El Consorcio indemniza bajo las condiciones de la póliza de seguro original (bienes, capital, límites, etc.).
- Se cubren los daños causados en personas y bienes asegurados, como viviendas, automóviles, establecimientos comerciales, industrias u obras civiles. También gastos de alojamiento por inhabitabilidad de la vivienda o pérdida de ingresos por paralización de la actividad económica.
- Daños en bienes (materiales directos): La póliza debe cubrir riesgos como incendio, robo o daños a equipos electrónicos. Ejemplos: seguros multirriesgo del hogar, comercio, industria, etc.
- Daños en vehículos: Se necesita tener cobertura por daños al vehículo (ya sea todo riesgo, lunas, robo) o el seguro obligatorio del vehículo (a terceros).
- Daños personales (lesiones o fallecimiento): Se necesita tener un seguro de vida o accidentes con coberturas de fallecimiento, invalidez o incapacidad temporal.
- Pérdida de beneficios: Solo está cubierta si la póliza de seguros la especifica y el daño afecta los bienes asegurados
6. Ante una situación tan trágica como la que estamos viviendo, el CCS reitera su solidaridad y máxima expresión de afecto con todas las víctimas y nuestro compromiso de tramitar todas las solicitudes e indemnizar todos los daños a las personas y los bienes asegurados a la mayor celeridad. Estamos trabajando con toda intensidad para dar la mejor y más rápida respuesta posible.
7. El CCS seguirá actualizando estas notas informativas y publicando estimaciones conforme se vaya recibiendo más información.
Madrid, 5 de noviembre de 2024